«Terminada esa fase, el banco debe remitir al notario que elija el prestatario toda esa documentación. El banco la “sube” a la plataforma notarial y, una vez revisada y comprobada por el notario, el prestatario (y en su caso los fiadores) deben comparecer en la notaría para hacer el acta previa de asesoramiento, que básicamente consiste en que, estando el notario con ellos en solitario debe comprobar que han sido informados y que tienen conocimiento de las condiciones del préstamo hipotecario a firmar, resolviendo todas sus dudas y quedando recogido en un test. Dicha acta es gratuita, no conlleva obligación alguna de firmar el préstamo hipotecario y, en caso de autorizarse finalmente el préstamo, las condiciones no pueden variar de las que constan en esa documentación.»

 

FUENTE: NOTARIOSENRED.COM